Decisión de la Suprema Corte no implica el reintegro del exjuez Rodríguez Consoró a sus funciones

Lo que sí provoca la decisión es que el recurso contencioso administrativo sea conocido nuevamente en toda su extensión.

JusticiaAyer
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La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) no abordó los aspectos materiales ni tomó partido sobre la culpabilidad del exjuez Francisco Rodríguez Consoró en las faltas disciplinarias que se le imputan.

En su sentencia SCJ-TS-25-1780, de fecha 30 de junio de 2025, el tribunal se limitó a determinar que la decisión objeto de casación incurrió en fallos de tipo formal, lo que acarreó su nulidad.

En relación con el caso, la SCJ anuló una decisión del Tribunal Superior Administrativo que había rechazado una demanda inicial del recurrente. El exjuez buscaba revocar la decisión administrativa-disciplinaria del Consejo del Poder Judicial que dispuso su destitución por haber cometido faltas graves en el ejercicio de sus funciones.

Según la nueva Ley de Casación núm. 2-23, los vicios de forma deben ser examinados de manera previa por la Suprema Corte de Justicia, que solo abordará los temas sustanciales si verifica la ausencia de dichos vicios.

Este fallo de la Corte de Casación no tiene como efecto el reintegro a sus labores de Rodríguez Consoró, exjuez del Noveno Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional. La única consecuencia de la decisión es que el recurso contencioso administrativo será conocido nuevamente en toda su extensión.


 
 
 


 


 


 

 

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