Tribunal condena a constructora a pagar RD$19,336,000 por apartamentos con vicios de construcción

Los jueces determinaron que la constructora, por ley, debía garantizar el disfrute óptimo de los inmuebles y al no hacerlo, incurrió en una falta grave al ofrecer viviendas con irregularidades

JusticiaAyer
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La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional condenó a la constructora Subo SRL al pago de RD$19,336,000.00 a varias familias por los daños materiales y morales causados por la venta de apartamentos con vicios de construcción.

El tribunal falló a favor de los señores Celestina del Villar, Orbinelis Montero, Mayra Romero, Emilio Torres y Florangel Mota Ureña.

Los demandantes, representados por los abogados Luis Méndez Novas y Víctor Rafael Guillermo, interpusieron una demanda por daños y perjuicios.

Los jueces Víctor Manuel Peña Féliz, Miguelina Ureña Núñez y José Reynaldo Ferreira Jimeno determinaron que la constructora, por ley, debía garantizar el disfrute óptimo de los inmuebles. Al no hacerlo, incurrió en una falta grave al ofrecer viviendas con irregularidades.

El tribunal constató que los demandantes habían cumplido con el pago total de los apartamentos, ubicados en el sector San Luis, provincia Santo Domingo. La sentencia destaca que los afectados sufrieron angustia, incomodidad y sentimientos de impotencia por haber recibido un inmueble que no cumplía con los niveles básicos de seguridad.

Detalles de la condena
La condena por los daños materiales y morales está contenida en las sentencias número 026-02-2019-SCIV-01097 y 026-02-2025-SCIV-0046. En la primera, de fecha 27 de diciembre de 2019, el tribunal impuso a la constructora el pago de un interés mensual del 1.5%, calculado desde la notificación de la decisión.

En la segunda sentencia, del 18 de junio de 2025, el tribunal fijó el monto a pagar por los daños materiales, sumando un total de RD$19,336,000.00 por concepto de capital e intereses. A pesar de la sentencia, la constructora se niega a pagar.

Los demandantes habían adquirido los apartamentos en 2014 a través de financiamientos bancarios que tuvieron que seguir pagando a pesar de no poder habitar los inmuebles debido a los vicios de construcción.

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