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De acuerdo con la solicitud presentada por el fiscal José Ramón Martínez Cordero, uno de los hechos ocurrió el 14 de julio de 2025, alrededor de las 7:15 de la noche.
JusticiaAyerEl Ministerio Público solicitó prisión preventiva, como medida de coerción, contra Andrés de Jesús Espinal Pérez (Mazazo) y Joan Adón, imputados de cometer múltiples delitos entre 2024 y 2025.
De acuerdo con la solicitud presentada por el fiscal José Ramón Martínez Cordero, adscrito al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidio) del Distrito Nacional, uno de los hechos ocurrió el 14 de julio de 2025, alrededor de las 7:15 de la noche.
El documento establece que los imputados Andrés de Jesús Espinal Pérez y Joan Adón interceptaron a la víctima Yeral Augusto Féliz en la cañada de Bonavide, entre los sectores Guachupita y 27 de Febrero. Ambos, portando armas de fuego, le realizaron múltiples disparos que le ocasionaron la muerte.
El informe médico legal determinó que la víctima falleció a causa de herida por proyectil de arma de fuego en tórax anterior, con choque hemorrágico interno y laceración de pulmones.
Otros Hechos Imputados
El Ministerio Público también imputa a Andrés de Jesús Espinal Pérez haber participado en otro hecho de sangre ocurrido el 8 de septiembre de 2024, a las 11:50 de la noche, en la calle San Martín de Porres del sector Guachupita.
En esa ocasión, el procesado se asoció con otra persona aún no identificada y realizó múltiples disparos en el lugar, alcanzando a un adolescente de 17 años de edad, quien recibió una herida de arma de fuego. La lesión fue certificada por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) como curable en un período de 22 a 30 días.
La investigación de este caso fue dirigida por la procuradora fiscal Vidalys Mora, del Departamento de Homicidios del Distrito Nacional.
Además, el 28 de septiembre de 2025, durante la ejecución de la Orden de Arresto No. 2024-AJ0018110, el imputado Andrés de Jesús Espinal Pérez entregó a las autoridades un arma de fuego tipo pistola, marca HI-Point, calibre 9mm, con cargador y diez cápsulas, sin documentos que avalaran su porte legal.
Calificación Jurídica
El Ministerio Público calificó el hecho de 2025 como violación a los artículos 265, 266, 295 y 304-II del Código Penal Dominicano, relativos a la asociación de malhechores y homicidio, así como a los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre porte ilegal de armas.
En lo relativo al hecho de 2024, se calificó como violación a los artículos 2, 295, 304-II y 309 del Código Penal Dominicano, que sancionan la tentativa de homicidio y las lesiones, además de los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16.
En virtud de la gravedad de los hechos, el Ministerio Público solicitó al tribunal la imposición de prisión preventiva contra los imputados, al considerar que representan un peligro para la sociedad y que existe un riesgo de fuga.
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