TC valida condena por lavado de activos contra Nelson Rizik Delgado

Lo jueces validaron las decisiones previas de primera y segunda instancia. En estas, a Nelson Rodríguez Rizik se le impuso una pena de 5 años de prisión suspendida y una multa equivalente a 50 salarios mínimos.

JusticiaAyer
Mallete Poder Judicial
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El Ministerio Público ha valorado positivamente la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que confirma la condena de cinco años de prisión por lavado de activos contra Nelson Rizik Delgado. Esta decisión, que ya posee la autoridad de cosa irrevocablemente juzgada, ha sido recibida con beneplácito por la Procuraduría Especializada contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Rizik Delgado, quien fue procesado junto a un hermano (quien ya cumplió una pena de 10 años de prisión), vio su condena ratificada el 31 de agosto de 2023 por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia. Aunque esta instancia lo benefició al eliminar de su expediente la calificación por narcotráfico, mantuvo la condena de cinco años de prisión por haberse prestado a lavar activos para su coimputado.

La sentencia del TC, identificada como TC/1046/24 del 30 de diciembre de 2024 (y notificada recientemente a la procuradora de corte Ramona Nova Cabrera), valida las decisiones previas de primera y segunda instancia. En estas, a Nelson Rodríguez Rizik se le impuso una pena de 5 años de prisión suspendida y una multa equivalente a 50 salarios mínimos.

Además, el TC reconoció la aplicación correcta de la ley en cuanto al decomiso a favor del Estado dominicano de una serie de bienes muebles e inmuebles. Entre ellos destaca una finca de siete mil tareas en Rancho Cacique, ubicada en la Comunidad Ana Santana, del municipio Sabana Grande de Boyá.

Respaldo a la Lucha contra el Crimen Organizado
La procuradora de corte Ramona Nova Cabrera, titular interina de la Procuraduría Especializada contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, valoró la decisión del Tribunal Constitucional. Según afirmó, esta sentencia "respalda las acciones del Ministerio Público contra el crimen organizado".

Nova Cabrera resaltó que la decisión "está en consonancia con las sanciones que deben recibir el tipo de conductas en que incurrieron los acusados, completamente reprochables en la sociedad dominicana".

La sentencia del tribunal confirma la condena por violación a las disposiciones de los artículos 3 (literales a y b), 4, 8 (letra b), 18, 21 (letra b) y 26 de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras infracciones graves.

Los tribunales de primera y segunda instancia habían constatado, con las pruebas presentadas por el Ministerio Público, la participación de Nelson Rizik Delgado en el ocultamiento y encubrimiento de las acciones ilícitas de su hermano. Esto incluyó poner bienes a su nombre, administrar propiedades, firmar documentos públicos, recibir dinero como propio, y representar a su hermano ante terceros.

Voto Disidente de una Jueza
Es relevante señalar que, conforme al dispositivo de la Sentencia TC/1046/24, la jueza del TC Alba Luisa Beard Marcos emitió un voto disidente. Su argumento principal fue que sus colegas (Napoleón R. Estévez Lavandier, Eunisis Vásquez Acosta, José Alejandro Ayuso, Fidias Federico Aristy Payano, Sonia Díaz Inoa, Army Ferreira, Domingo Gil, Amaury A. Reyes Torres, María del Carmen Santana y José Alejandro Vargas Guerrero) realizaron una "errada interpretación respecto a la determinación de plazo razonable".

"A nuestro modo de ver, esta sede constitucional debió acoger el recurso de revisión en cuestión, y anular la sentencia de la Suprema Corte de Justicia", manifestó Beard Marcos en su voto disidente.

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