
La procuradora general enfatizó que, si bien es vital garantizar los derechos del debido proceso para las personas privadas de libertad, las víctimas también necesitan una tutela efectiva de sus derechos.
La medida de coerción fue dictada por el juez Reye Rodríguez Rodríguez, quien dispuso que Francelis Hernández Tavares deberá cumplir la prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, en San Cristóbal.
Justicia14 de julio de 2025Un juez ha impuesto prisión preventiva por 18 meses a Francelis Hernández Tavares, gerente de la empresa Smart Blessing Consulting, por su presunta implicación en una estafa que supera los 100 millones de pesos. El tribunal declaró el caso complejo.
La medida de coerción fue dictada por el juez Reye Rodríguez Rodríguez. Hernández Tavares deberá cumplir la prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, en San Cristóbal.
Según la investigación, Hernández Tavares, junto con Álvaro José Uribe Doñé y Domerys Ramírez Espinal (ambos prófugos), lograron captar fondos de más de 100 personas a través de maniobras fraudulentas. La empresa, constituida el 24 de noviembre de 2021, ofrecía servicios como asesoría financiera, desarrollo de software y creación de páginas web.
El Ministerio Público, a través del fiscal José Lenin Hernández Cuello, ha recibido 24 querellantes que han presentado comprobantes de pagos por un monto superior a RD$40,000,000. Se informó que en los próximos días se solicitará una nueva medida de coerción para Hernández Tavares, esta vez con 50 querellantes adicionales, a medida que la investigación avanza y se suman más víctimas al expediente.
Los imputados captaban a sus víctimas mediante contratos de inversión notariados, prometiendo retornos mensuales entre un 10% y un 15%, lo que implicaba ganancias anuales de hasta un 200%. Estas cifras, claramente insostenibles, configuran un esquema piramidal.
El juez acogió la calificación jurídica provisional del Ministerio Público, que imputa a Hernández Tavares por violación al artículo 405 del Código Penal, así como a los artículos 3.3, 3.4, 3.5 y 9.2 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, y el artículo 105 de la Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales.
Advertencia del Ministerio Público a la Ciudadanía
El fiscal titular de Santo Domingo Oeste, Edward López, aprovechó la ocasión para advertir a la ciudadanía sobre los riesgos de invertir sin la debida orientación y respaldo legal.
“La ciudadanía debe estar alerta y proteger su patrimonio. Ninguna inversión legítima ofrece ganancias exageradas en corto tiempo”, dijo López. “Estos esquemas fraudulentos están diseñados para engañar, y detrás de cada promesa de dinero fácil hay una estafa esperando a ocurrir. Recomendamos siempre verificar la legalidad de las empresas, consultar fuentes oficiales y desconfiar de ofertas que suenan demasiado buenas para ser verdad”, expresó.
La procuradora general enfatizó que, si bien es vital garantizar los derechos del debido proceso para las personas privadas de libertad, las víctimas también necesitan una tutela efectiva de sus derechos.
El imputado, Juan José Guerrero Quezada, de 33 años, le provocó la muerte a su hermana, Mildred Estefanía Guerrero Quezada, de 35 años. Posteriormente, descuartizó a la víctima en un intento de desaparecer el cuerpo.
Consideró que, aunque tiene la competencia para conocer de la acción de amparo, la rechaza porque existen otras vías legales para que el demandante presente su solicitud
A través de este documento, los líderes firmantes se comprometieron a promover la adopción de políticas, estrategias y programas de justicia abierta en las instituciones del sector judicial.
El tribunal, integrado por los jueces Keyla Pérez Santana, Elías Santini y Arisleyda Santana, fijo la lectura íntegra de la sentencia para el próximo 4 noviembre de 2025 y remitió el expediente al juez de ejecución de la pena para su ejecución.
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El tribunal, integrado por los jueces Keyla Pérez Santana, Elías Santini y Arisleyda Santana, fijo la lectura íntegra de la sentencia para el próximo 4 noviembre de 2025 y remitió el expediente al juez de ejecución de la pena para su ejecución.
A través de este documento, los líderes firmantes se comprometieron a promover la adopción de políticas, estrategias y programas de justicia abierta en las instituciones del sector judicial.
Consideró que, aunque tiene la competencia para conocer de la acción de amparo, la rechaza porque existen otras vías legales para que el demandante presente su solicitud
El imputado, Juan José Guerrero Quezada, de 33 años, le provocó la muerte a su hermana, Mildred Estefanía Guerrero Quezada, de 35 años. Posteriormente, descuartizó a la víctima en un intento de desaparecer el cuerpo.
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