
El aplazamiento tiene como fin permitir que la defensa prepare sus medios de prueba y tome conocimiento de las querellas presentadas por los abogados de las víctimas.
Ministerio Público marca hito sin precedentes en la defensa de los derechos humanos con la condena en contra de los implicados en el caso
Justicia11 de marzo de 2025
La Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT) aseguró que el Ministerio ha marcado un hito sin precedentes en la defensa de los derechos humanos y en la aplicación efectiva de la ley contra quienes se lucran a costa de la explotación y vulnerabilidad de las víctimas, a través de la condena a 20 años de prisión en contra de 9 de los principales responsables de la red criminal desmantelada mediante la Operación Cattleya.
La PETT resaltó que esta sentencia representa un avance significativo en la persecución de delitos que atentan contra la dignidad y la libertad de las personas, la cual ha sido lograda a través de una investigación técnica y robusta, basada en herramientas forenses y testimonios protegidos, logrando demostrar al tribunal la responsabilidad penal de los implicados y asegurando justicia para las víctimas.
“Este resultado es fruto del trabajo coordinado entre fiscales especializados, cuerpos de seguridad y la cooperación interinstitucional, reafirmando el compromiso del Ministerio Público de perseguir, procesar y llevar ante la justicia a quienes se lucran a costa de la explotación de personas vulnerables. No permitiremos que estructuras criminales operen con impunidad. La justicia prevalecerá y seguiremos enfrentando con firmeza estos delitos", destacó la procuradora general de corte apelación, Yoanna Bejarán, titular de la PEET.
Con la coordinación de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, para entonces dirigido por la magistrada Yeni Berenice Reynoso, actual procuradora general de la República, se llevó a cargo el proceso de investigación, el cual estuvo a cargo de la titular de la PETT, Yoanna Bejarán, y Aleika Almonte.
Dicha investigación contó con el respaldo de la División Especial de Investigación de Delitos Transnacionales (DEIDET), el Departamento de Trata y Tráfico de Personas de la Policía Nacional, y la colaboración de la Agencia Internacional Homeland Security Investigations (HSI). Además, el Departamento de Investigaciones de la Procuraduría Especializada desempeñó un papel clave, con el coronel Abreu liderando el área de investigación en ese entonces, y el capitán Díaz, brindando un apoyo significativo para la recopilación de pruebas y el desmantelamiento de la red criminal. Se destaca, también, la colaboración de las organizaciones contra la trata OUR Rescue, Destiny-Rescue, y ATB, así como la labor realizada por la Unidad de Protección a Víctimas y Testigos del Ministerio Público, que dirige Dimercy Ávila, y de la encargada de Protección a Víctimas de la PEET, Ángela Díaz.
Por su parte, el equipo litigante, conformado por Aleika Almonte, Eduardo Velázquez, Noelia Taveras y Ginna Matías, jugó un rol fundamental en la presentación y sustentación de las pruebas ante el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
En el proceso se estableció que la estructura criminal estaba integrada por dominicanos, venezolanos, colombianos, haitianos y canadienses.
Condena impuesta
En el caso, nueve fueron sentenciados a 20 años de reclusión y al pago de 150 salarios mínimos. Otros cuatro recibieron condenas de tres años de prisión por proxenetismo, mientras que un imputado fue sentenciado a seis meses de prisión suspendida por posesión ilegal de marihuana.
El tribunal condenó a 20 años de prisión y el pago de 150 salarios mínimos a José Alberto Rosario Soriano, Melvin José Valentín Peguero, Oscar Wilcenne, Dionicio Mieses de la Cruz, María Paula Murillo Vargas, Zafiro Natal Sánchez González, Engel Neftalí Vargas Soto, Alejandro Arturo Batista Bustamante, Robert Lee Eleuterio Paniagua y Oscar Wilcenne, tras ser declarados culpables de violar los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.
Además de la trata de personas, Dionicio Mieses de la Cruz también fue condenado por delitos de alta tecnología conforme a la Ley 53-07, en tanto que María Paula Murillo Vargas, en adición, fue condenada por violación a la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas.
Mientras que cuatro de ellos, fueron condenados a tres años de prisión por proxenetismo y al pago de una multa de RD$50,000. Ellos son: José Miguel Michel Guridis, Daniel Enrique Inirio Abreu, Cristina Virginia González Hernández y Braulio Manuel Lugo, condenados conforme al artículo 334 del Código Penal Dominicano.
El acusado Oliver Arnaud Lewinsky (Timothy Willian Case Renee) fue condenado a seis meses de prisión suspendida por posesión ilegal de marihuana, en violación a la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas.
El tribunal declaró penalmente responsable al Hotel Oscar Inn Santo Domingo por su vinculación con la red criminal y ordenó su disolución. Además, ordenó el decomiso de los bienes incautados durante la investigación, los cuales incluyen propiedades utilizadas para la comisión de los delitos.
Asimismo, el tribunal declaró las costas penales de oficio respecto de los acusados José Miguel Michel Guridis, Daniel Enrique Inirio Abreu, Cristina Virginia González Hernández y Dionicio Mieses de la Cruz, al haber sido representados por abogados de la Oficina Nacional de Defensa Pública.
Por otro lado, el acusado Carlos Jonathan Walwyn Campusano fue declarado no culpable de violar la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, dictándose sentencia absolutoria a su favor por insuficiencia de pruebas, en conformidad con el Código Procesal Penal. En consecuencia, se ordenó el cese de las medidas de coerción en su contra y se declararon las costas penales de oficio a su favor.
En cuanto a los bienes incautados, el tribunal ordenó el decomiso de los siguientes vehículos a favor del Estado dominicano: Hyundai Sonata N20, año 2016, color blanco, placa A815590; Honda Accord ELX, año 2013, placa A785478.
En el aspecto civil, el tribunal acogió parcialmente la querella de dos de las víctimas, presentada por Angela Díaz, encargada de asistencia a víctimas de la PETT. Por lo que, el tribunal ordenó el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios de RD$3,000,000.00 a favor de una de ellas, a ser pagados de manera conjunta y solidaria por los acusados José Alberto Rosario Soriano, María Paula Murillo Vargas, Dionicio Mieses de la Cruz, Melvin José Valentín Peguero y Oscar Wilcenne; así como RD$3,000,000.00 a favor de otra, a ser pagados por Zafiro Nathaly Sánchez González y Engel Neftalí Vargas Soto.
Finalmente, el tribunal ordenó la notificación de esta decisión al juez de ejecución de la pena correspondiente y fijó la lectura íntegra de la sentencia para el 24 de abril de 2025 a las 9:00 a.m., fecha a partir de la cual las partes podrán ejercer los recursos legales correspondientes.

El aplazamiento tiene como fin permitir que la defensa prepare sus medios de prueba y tome conocimiento de las querellas presentadas por los abogados de las víctimas.

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