
El juez Rigoberto Sena, reconoce la fortaleza de la investigación del Ministerio Público, e impone, además, arresto domiciliario, impedimento de salida y garantías económicas para otros tres imputados.
El condenado Cristóbal de Jesús Espinal Acosta cumplirá la pena privativa de libertad, como consecuencia de los hechos que fiscales del órgano acusador investigaron
Justicia04 de junio de 2024 ventana
A unanimidad, los jueces del Segundo Tribunal Colegiado de este distrito judicial condenaron a 30 años de cárcel a un hombre a quien la Fiscalía de Santiago le imputó cargos por tentativa de homicidio y robo agravado, luego de que disparara con un arma de fuego contra el dueño de un rebaño de chivos que pretendía robar, en un hecho ocurrido en el año 2022, en el sector Las Charcas, al sur de esta ciudad.
El condenado Cristóbal de Jesús Espinal Acosta cumplirá la pena privativa de libertad, como consecuencia de los hechos que fiscales del órgano acusador investigaron y de lo cual recolectaron evidencias de sólida probación, consiguiendo convencer al juzgador de la responsabilidad penal que pesa contra el hombre.
El fiscal litigante del Ministerio Público, Pedro Martínez, haciendo uso de los elementos de prueba, ilustró al Colegiado acerca de los hechos que tuvieron lugar la madrugada del 26 de febrero del 2022, en la casa donde reside la víctima Yelson Taveras Taveras, en cuya parte trasera está ubicado el corral de chivos que ha criado junto a su padre.
Expuso el litigante, que el acusado penetró al lugar junto al hasta ahora prófugo Joel Castro y provocaron que los animales hicieran escándalo, para llamar la atención de sus dueños, quienes se despertaron y procedieron a revisar el entorno de la casa.
La relación circunstanciada de los hechos, planteada en la acusación que formuló la Fiscalía, establece que Espinal Acosta dispara repetidas veces contra Taveras, quien cae al suelo gravemente herido. El acusado luego huye junto al prófugo.
La Fiscalía de Santiago en su rol de perseguir el crimen y el delito para procurar una justa sanción ante un tribunal, pone en marcha la acción penal a partir de la denuncia que interpone el padre de la víctima, el testigo Juan Antonio Taveras Pichardo, contra el acusado.
En una justa interpretación de los hechos cometidos por Espinal Acosta, el órgano acusador presentó en su contra cargos penales por violación a los artículos 295 y 304, así también el 265, 266, 2, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano que castigan la tentativa de homicidio, asociación de malhechores y robo agravado.
Adicionó, por igual, la imputación por transgresión al artículo 66 párrafo III y V, de la Ley 631-16 sobre Armas de Fuego, Municiones y Materiales Relacionados, por el porte y uso ilegal de ese artefacto.
El Colegiado, presidido por el juez Osvaldo Castillo e integrado por los jueces Esther Reyes y Luis Ernesto Torres, acogieron la calificación jurídica presentada e impusieron la pena privativa de libertad de 30 años.

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