
La fuerza de tarea interagencial estuvo integrada por la Procuraduría General de la República, la DNCD, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses, el Ministerio de Salud Pública a través de DIGEMAP, el Servicio Nacional de Protección Ambiental
La medida de coerción le fue impuesta a Michael Peña Arias (Cano), quien, por disposición del juez José Carlos Arias Nina, deberá cumplir la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres.
JusticiaAyer
La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de San Cristóbal impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, a un hombre imputado de encabezar una estructura que se dedicaba a la venta y tráfico de sustancias controladas en el municipio San Gregorio de Nigua.
La medida de coerción le fue impuesta a Michael Peña Arias (Cano), quien, por disposición del juez José Carlos Arias Nina, deberá cumplir la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres.
El Ministerio Público, representado por las fiscales Ingris Guerrero Polanco y Laura Cecilia Segura Cordero, estableció que las evidencias recolectadas vinculan directamente al imputado con actividades de tráfico de drogas.
El acusado es vinculado al decomiso de 740 gramos de cocaína, 106.94 gramos de marihuana y 6.50 gramos de crack durante un allanamiento realizado en la vivienda donde este residía con otro hombre identificado con el alias de León, el pasado 30 de enero de 2026. También, se ocupó un celular de color verde, marca Redmi, y dos radios de comunicación marca Baofeng, una de color amarillo con negro y la otra de azul con negro.
El órgano persecutor demostró que el imputado tiene una reiterada conducta delictiva, al establecer que tiene medidas de coerción, entre las cuales se encuentra una impuesta el 9 de enero de 2026 por violencia de género y por la cual fue impuesta presentación periódica y garantía económica.
El Ministerio Público, provisionalmente, le imputa a Peña Arias la violación a los artículos 5, literal A; 6, literal A; y 28 y 75, párrafo II, de la Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas.

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La medida de coerción le fue impuesta a Michael Peña Arias (Cano), quien, por disposición del juez José Carlos Arias Nina, deberá cumplir la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres.

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