Estado dominicano apela de manera parcial el "No Ha Lugar" en el Caso Calamar

La acción legal busca que la Corte de Apelación revise los dictámenes que otorgaron un auto de "No Ha Lugar" a favor de cinco de los principales señalados originalmente en el expediente. 
JusticiaHace 1 hora

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El Equipo de Recuperación del Patrimonio Público (ERPP) presentó formalmente, dentro del plazo legal establecido, un recurso de apelación parcial contra la resolución emitida por el Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en el marco del denominado caso Calamar. 

La acción legal busca que la Corte de Apelación revise los dictámenes que otorgaron un auto de "No Ha Lugar" a favor de cinco de los principales señalados originalmente en el expediente. 

De acuerdo con el comunicado oficial del ERPP, el recurso de apelación procura que se revoque la decisión que dejó fuera del proceso penal a las siguientes personas Gonzalo Castillo, exministro de Obras Públicas y Comunicaciones, José Ramón Peralta, exministro Administrativo de la Presidencia, Daniel Guerrero Mena, Marcial Reyes y Rosa Arias Ruiz. 

El organismo técnico explicó que la apelación se radicó tras un riguroso análisis de la resolución del juzgado, los hechos atribuidos, las pruebas incorporadas y las querellas interpuestas por el Estado dominicano en defensa del erario. El ERPP sostiene firmemente que existen elementos suficientes para que la responsabilidad penal y civil de estos ciudadanos sea debatida en un juicio de fondo. 

Detalles del esquema y señalamientos específicos

El caso Calamar describe un presunto mecanismo de distracción de fondos públicos, utilización irregular de recursos estatales con fines políticos-electorales y el aprovechamiento personal de las riquezas del erario. 

En el recurso depositado se especifican los roles atribuidos por el Estado a los exfuncionarios José Ramón Peralta

Los elementos probatorios lo vinculan con instrucciones y actuaciones clave dentro del engranaje de desvío de fondos, incluyendo operaciones destinadas al financiamiento de actividades políticas y al beneficio económico de terceros. 

Gonzalo Castillo

Las pruebas presentadas plantean indicios graves de que actuó como receptor y beneficiario directo de los fondos públicos desviados, presuntamente con pleno conocimiento del origen irregular de dichos recursos. 

Respecto a Guerrero Mena, Reyes y Arias Ruiz, el equipo legal del Estado argumenta que la decisión de la jueza de instrucción contiene omisiones y valoraciones erróneas que ameritan de forma obligatoria la revisión de la jurisdicción de alzada, debido al impacto directo que causaron sobre el patrimonio estatal. 

Institucionalidad y debido proceso

El ERPP aclaró de manera enfática que este recurso no constituye una reacción de índole política ni un acto ajeno al expediente judicial. Por el contrario, enfatizaron que se trata del ejercicio puro de las vías procesales que otorga la ley vigente, sustentado rigurosamente en evidencias y con el único fin de salvaguardar los intereses patrimoniales de la República Dominicana. 

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