
Apelaran Auto de No ha Lugar favorece a Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado del ataque en el Ensanche Naco.

El abogado Miguel Valerio aseguró hoy que el juez Deibi Timoteo, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional violentó la ley y que recurrirán en apelación el Auto de No ha Lugar que favorece a Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado del ataque con arma blanca matando a una señora de 70, años y tras cinco personas resultaron heridas en el Ensanche Naco. “El juez será responsable de los hechos que cometa ese joven que representa un peligro para toda la sociedad”.
Dijo que la resolución dada por el Juez Déibi Timoteo rompe todos los principios del derecho, en primer lugar, porque el juez se contradice con un primer fallo, en el cual dice que no iba a aplicar el procedimiento inimputabilildad.
Explicó que el juez acordó de que él, Pumarol Fernández, podía ir a un procedimiento normal y así se llevó la audiencia preliminar y evidentemente le rechazó el procedimiento para inimputable.
Dijo que, al darle un Auto de No Lugar, ahora de lo que se trata es de sálvese quien pueda porque, Pemarol Fernández, no es un peligro por comprobar, es un peligro que ya ha sido comprobado.
Mientras en la entrevista de evaluación psiquiátrica practicada por el Instituto nacional de Ciencias Forenses, Inacif, remitida al Ministerio Público al Departamento de Crímenes y Delitos Contra las Personas, establece que posee la capacidad congnitiva de comprender los hechos que se les imputan y puede continuar el proceso judicial y brindar testimonio en la audiencia.
Según la evaluación Pumarol Fernández, presta atención, concentración, juicio, memoria, capacidad de abstracción, capacidad de cálculo, percepción, integración de la información por lo que sería procesado como una persona normal.
Valerio dijo que el juez hizo una mala y errónea interpretación del artículo 383 del Código Procesal Penal, aplicó el procedimiento para inimputable y no solamente que aplicó el procedimiento para el inimputables, sino que aduciendo una causa de justificación de la conducta que solamente en derecho penal es la legítima defensa absorbió en plena audiencia preliminar a una persona que a todas luces es peligrosa y capaz de seguir matando personas.
“Comprobada la existencia del hecho punible y la intervención del inimputable en calidad de autor o participe, sin que concurra causa de justificación, el tribunal competente dictará resolución motivada disponiendo su absolución o la imposición de a la naturaleza las medidas de seguridad que corresponda, conforme gravedad del hecho y a las condiciones personales del inimputable”, precisa el Articulo 383. Del Código Procesal Penal en lo que respecta el procedimiento para inimputables.
En ese sentido, el artículo 383 solamente le permitía al juez tres situaciones si no concurrían causas de justificación. “Absolución o la imposición de a la naturaleza las medidas de seguridad que corresponda”.
En este caso, la legitima defensa que es la única causa justificada, porque él está diciendo que la conducta está justificada cuando lo que hay un tema de culpabilidad.
“Solamente puede o aplicar una medida de seguridad en virtud de la Ley de Sanidad Mental o absorber”.
Informe Inacif revela que está en condiciones de salud mental de afrontar un juicio por los hechos cometidos.
Tendría que someterse a un régimen de internamiento estando en prisión durante el período que establece la pena.
La evaluación psiquiátrica revela además que Pumarol Fernández, admite consumo de marihuana y que se ha embriagado, de forma exagerada varias veces hasta perder el conocimiento.
El Inacif recomendó que el imputado permanezca en un pabellón de salud mental, de un centro penitenciario, para garantizar su integridad física, mental y social.
La doctora María Virginia González, médico psiquiatra, especialista en psiquiatría forense, del Inacif hizo la evaluación y en el informe sostiene que está en condiciones de salud mental de afrontar un juicio por los hechos cometidos.


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