TSE se reserva fallo sobre impugnación contra resoluciones de JCE

Dos de las acciones fueron incoadas por el Partido País Posible, otra por Alianza País, el último por el Partido Dominicanos por el Cambio

Política01 de mayo de 2025
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El Tribunal Superior Electoral (TSE) se reservó el fallo sobre una acción de impugnación contra las Resoluciones Nos. 07-2025 y 08-2025, emitidas por la Junta Central Electoral (JCE), en el marco de un proceso que, tras la fusión de cuatro expedientes, fue conocido bajo el número TSE-01-0004-2025.

Dos de las acciones fueron incoadas por el Partido País Posible, representado por su presidente, Milton Teófilo Morrison Ramírez; otra por Alianza País, representado por su presidente, Guillermo Antonio Moreno García; y el último por el Partido Dominicanos por el Cambio. Otras organizaciones políticas se incorporaron al proceso ante el emplazamiento que, por orden del tribunal, le hiciera la JCE.

El Tribunal, integrado por el magistrado presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo y los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Fernando Fernández Cruz y Pedro Pablo Yermenos Forastieri, otorgó un plazo de 15 días con vencimiento al 22 de mayo para que las partes depositen los escritos de fundamentación de sus conclusiones. Vencido este plazo, el proceso pasará a la etapa de fallo reservado.

ANTECEDENTES DEL PROCESO

En la primera audiencia, el Tribunal ordenó a la Junta Central Electoral poner en causa a todo el ecosistema partidario del país. Para la audiencia del 3 de abril,16 partidos políticos no comparecieron. De un total de 34 convocados solo asistieron 18. 

El proceso fue aplazado y se ordenó citar de nuevo a los incomparecientes, lo cual se hizo para la audiencia del 30 de abril.


Durante la referida audiencia del 30 de abril, el TSE rechazó la solicitud de aplazamiento formulada por partidos que comparecieron por primera vez, toda vez que no atendieron el emplazamiento para la audiencia anterior. A esta audiencia no comparecieron, pese a estar debidamente citados, siete de estas organizaciones políticas.


Los partidos que no se presentaron son; Partido Demócrata Popular; Partido Socialista Cristino; Partido Humanista Dominicano; Partido Liberal Reformista; Partido Revolucionario Independiente, Frente Amplio y Camino Nuevo.

Contra estos partidos, el tribunal pronunció el defecto por falta de comparecer no obstante estar debidamente emplazados.

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