
El tribunal impuso la medida cautelar contra John Lariel Báez Álvarez, cuyo disparo, realizado durante una riña por una apuesta, impactó a la menor y le causó una grave lesión medular que la dejó sin movilidad.
La medida de coerción establece que esta organización transnacional traficaba, especialmente con personas de nacionalidad haitiana, para lo cual utilizaban las vías terrestres a través de la frontera norte del país con Haití.
Justicia01 de mayo de 2024 ventana
El Ministerio Público solicitó a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago que imponga la prisión preventiva y que declare de tramitación compleja el proceso contra los nueve integrantes de una red criminal que se dedicaba a traficar con personas, en una bien estructurada actividad con la que generaban altas sumas de dinero en efectivo.
En la medida de coerción que fue programada para este miércoles, la Fiscalía de Santiago y la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, presentarán cargos penales provisionales contra José Andrés Cabrera Francisco (Jairo), Enmanuel Jiménez González (Jhon Manuel), Carlos Bladimir Cuevas Peña (Carlos Pistola), Ricardo Francisco Martínez González (Ricardito), Freddy Esmeraldo Gómez, Ramona Salvadora Tapia Flores, Jeffrey Alberto Felipe Acevedo, Olga Acevedo Capellán, y Griselvis Miguelina Parra Hernández, quienes integraban la organización criminal.
La medida de coerción establece que esta organización transnacional traficaba, especialmente con personas de nacionalidad haitiana, para lo cual utilizaban las vías terrestres a través de la frontera norte del país con Haití. Así introducían personas indocumentadas a los cuales asentaban en diferentes puntos de la provincia Santiago.
La Fiscalía y la Procuraduría Especializada desarrollaron numerosas diligencias de investigación a fin de poder identificar a los miembros de la estructura, sus roles dentro de la organización y el modus operandi, diligencias que fueron desarrolladas junto a la División Especial de Investigación de Delitos Transnacionales (Deidet) de la Policía Nacional.
La investigación que, sin escatimar en recursos, personal de trabajo ni tiempo, se desplegó de manera persistente y vigilante, logró identificar la ruta que esta red criminal utilizaba para emplearse en el trasiego de personas en condición de irregularidad.
Detalla, la solicitud de medidas de coerción, que la estructura empleaba distintas maniobras para cruzar, vía terrestre, desde Haití hasta Dajabón, a personas indocumentadas. Indica que, más tarde, trasladaban a estos indocumentados hasta Valverde y sus diferentes distritos "para luego continuar hacia el municipio de Navarrete, en Santiago, siendo recibidos los extranjeros de nacionalidad haitiana en condición migratoria irregular, por la estructura criminal, para luego sus integrantes encargarse de colocarlos en sus centros de acopios, tales como: casas, cuarterías y terrenos baldíos".
Desde el municipio Navarrete el transporte se dispersaba hasta distintos barrios de Santiago u otras provincias circundantes. Todo ello a cambio de sumas de dinero que oscilaban entre $8,000 y $17,000 pesos.
Con la desarticulación de esta red, la Fiscalía y la Procuraduría Especializada en estos ilícitos, han asestado un golpe contundente a uno de los delitos más atroces de los que se tiene conocimiento, en tanto que laceran y violan los derechos humanos fundamentales de las personas.
A través del tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas se cometen otros ilícitos conexos igual de perturbadores como la explotación sexual y comercial.
De manera provisional este organismo investigador presentará cargos contra el grupo por violación a los artículos 2 y 7, literales C, D y F, de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas; artículo 2, numeral 11; 3, letras A, B y C, de la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos, en perjuicio del Estado dominicano.
Contra Cuevas Peña se presentaron cargos por violentar los artículos 2, 47, letras C, D, E y H, de la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas; artículo 2, numeral 11; 3, letras A, B y C, de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos.

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