
El juez Rigoberto Sena, reconoce la fortaleza de la investigación del Ministerio Público, e impone, además, arresto domiciliario, impedimento de salida y garantías económicas para otros tres imputados.
La decisión fue tomada en virtud a una solicitud hecha por la defensa de Gonzalo Castillo, quien planteó al tribunal declarar la inadmisibilidad de la prorroga
Justicia08 de abril de 2024
La jueza suplente del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional Franchesca R. Pontantini Rosario, juez control del denominado caso Calamar, negó este lunes otorgarle una prórroga de cuatro meses al Ministerio Público y lo intimó para presentar acto conclusivo de la investigación, y lo intimó para que lo haga en un plazo de 15 días.
“Intima a la Dra., Miriam German Brito, procuradora general de la República, superior inmediato del licenciado Wilson Manuel Camacho, procurador adjunto titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y se ordena notificar a las víctimas para que formulen su requerimiento en un plazo común de 15 días.
La jueza advirtió a los fiscales que de no cumplir se procederá a fijar audiencia de extinción de la acción penal. Los fiscales reconocieron en audiencia que el plazo estaba vencido.
El plazo vence el 6 de mayo y si a la fecha no han presentado su acto conclusivo será declarada extinguida la acción penal.
La decisión fue tomada en virtud a una solicitud hecha por la defensa de Gonzalo Castillo, quien planteó al tribunal declarar una inadmisibilidad sobrevenida del conocimiento de la solicitud de prórroga por cuatro meses que hizo el Ministerio Público para presentar acto conclusivo.
El planteamiento de los defensores de Castillo fue hecho por entender que vencieron los plazos que otorga la ley para presentar acusación, los cuales son de 8 meses en caso complejo más una prórroga de cuatro.
Según los abogados de Castillo, en la audiencia la fiscal Mirna Ortiz dijo que es un hecho incontrovertido que el plazo venció.
Ante el caso, la defensa de Castillo planteó la citada inadmisibilidad sobrevenida, tras asegurar que vencieron todos los plazos, dado que el tiempo máximo que otorga la ley para la prórroga en casos complejos es de 4 meses, más los 8 meses iniciales. Recordaron que la fecha en que fue dictada la medida de coerción fue el 4 de abril de 2023, lo que evidencia que el Ministerio Público agotó el plazo de los ocho meses, más lo cuatro de prórroga.
Dijeron que, por lo tanto, el plazo máximo que establece la ley venció como muy lejos el 4 de abril de 2024, Hace 8 días, por lo que conocer una prórroga que ya la jueza no puede conocer, sería frustratorio e innecesario.
Por tal razón, pidieron al tribunal que declare inadmisible la solicitud de prórroga del Ministerio Público por haber vencido el plazo máximo y que se intime al órgano acusador a presentar acto conclusivo, petición que fue aceptada por la corte, que decidió intimar al órgano acusador para que presente acusación en un plazo no mayor de 15 días.
En sus argumentos para responder, el MP dijo textualmente en la voz de Mirna Ortiz que era un hecho incontrovertido que “el plazo venció” pero argumentó que la jueza debía conocer primero el fondo de la prórroga para luego referirse a esa inadmisibilidad.
En la contrarréplica, los abogados de Castillo dijeron que, si ya el tiempo transcurrió, el tribunal no puede fallar retroactivamente otorgando un plazo ya vencido porque la ley se lo impide.
Expresaron que el Ministerio Público pretende que la jueza se traslade al pasado y otorgue un plazo ya vencido, lo que es imposible.
A esa solicitud se unieron las defensas de Donald Guerrero, José Ramón Peralta Peralta, Ramón David Hernández, Claudio Silver, Yahaira Brito, Emil y Ana Linda Fernández de Paul y Rafael Parmenio Rodríguez.

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