
Ministerio Público arresta a cirujano plástico condenado por homicidio en perjuicio de una paciente
La Ucaprec hizo el arresto de José del Carmen Desena Montero con orden judicial del Tribunal de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional
Fotografía de archivo del cirujano plástico José del Carmen Desena Montero, quien deberá cumplir un año de prisión por homicidio involuntario. (FUENTE EXTERNA)
El Ministerio Público arrestó al cirujano plástico José del Carmen Desena Montero, quien deberá cumplir una sentencia que adquirió la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada y que le condena a un año de prisión por incurrir en homicidio involuntario en perjuicio de una paciente.
Decena Montero, quien fue arrestado con orden judicial en el Distrito Nacional, deberá cumplir la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres (CCR-XVII), en la provincia San Cristóbal.
La Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec) del Ministerio Público, que encabeza la fiscal Andry De Los Santos, ejecutó contra el procesado la orden de captura y arresto autorizada mediante la Resolución 249-01-2026-SAUT-00631, emitida por la jueza suplente Emely Milagros Bruno Almonte, del Tribunal de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional.
El tribunal de control de penas ordenó su captura y arresto para darle cumplimiento efectivo a la Resolución núm. 249-01-2026-SRES00615, de fecha dieciocho (18) del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026), emitida por el Tribunal de la Ejecución de la Pena del Distrito Nacional.
La resolución ordena el ingreso del penado José del Carmen Desena Montero, por espacio de un (01) año al Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres (CCR-XVII), en virtud de la revocación de la suspensión condicional de la pena para el cumplimiento íntegro de la condena de un (1) año de prisión impuesta mediante la Sentencia núm. 046-2025-SSEN-00145, de fecha diecisiete (17) del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025), dictada por la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
Desena Montero fue condenado a un año de prisión suspendida al establecerse que violó el artículo 319 del antiguo Código Penal que sanciona el homicidio involuntario.
La suspensión de la pena fue revocada por el incumplimiento de reglas impuestas durante el tiempo de la condena. Las reglas incluyeron residir en el domicilio que le aportó al tribunal, abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas en exceso, abstenerse del porte y tenencia de armas, comparecer a tres (03) de las charlas que coordina el Juez de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional, así como al pago de una multa ascendente a cien pesos con 00/100 (RD$100.00), en favor del Estado.
La Resolución núm. 249-01-2026-SAUT-00631 del Tribunal de la Ejecución de la Pena del Distrito Nacional ordena que luego de su arresto, Desena Montero sea presentado ante ese tribunal para darle cumplimiento a la sentencia condenatoria.


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