Condena de 12 años de prisión a hombre que violó sexualmente a mujer

Se trata de Daniel Alfredo Padilla Jesús, un exempleado de la compañía donde se encontraba laborando la víctima, quien reconoció y denunció a su atacante.
JusticiaHace 1 hora
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Un tribunal impuso 12 años de prisión a un hombre para el que el Ministerio Público había pedido una condena de 20 años de prisión por irrumpir armado con un machete a una compañía privada, violar sexualmente a una empleada y robarle sus pertenencias, en hechos ocurridos en el distrito municipal San Francisco de Jacagua, en Santiago.

Durante la investigación suscrita por la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de Santiago, se logró identificar al responsable de los hechos, Daniel Alfredo Padilla Jesús, un exempleado de la compañía donde se encontraba laborando la víctima, quien reconoció y denunció a su atacante.

Durante el juicio, la fiscal litigante Aida Medrano Gonell solicitó una condena de 20 años de prisión contra Padilla de Jesús, quien, armado con un machete, irrumpió en la oficina de la víctima y la amenazó de muerte, obligándola a lanzarse al suelo, donde cometió la violación mientras la amenazaba de muerte con el machete en su cabeza.

La relación de hechos que fue reconstruida a partir del testimonio de la víctima y las evidencias recolectadas, refieren que el encartado, luego de violar sexualmente a la víctima, robó de su cartera la cantidad de $10 mil pesos en efectivo y su teléfono celular.

La víctima con la ayuda de personas a las que pidió ayuda llamó al Sistema de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 que envió una unidad para prestarle auxilio.

El Tercer Tribunal Colegiado de Santiago, integrado por las juezas Deyanira Méndez, Kimberly Tatis e Ingrid Liberato, decidió que Padilla Jesús, a quien la víctima reconoció e identificó como quien la ultrajó, debe cumplir 12 años privado de su libertad.

El tribunal declaró al procesado culpable de violentar los artículos 309-1 y 331 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar, así como los artículos 379 y 382 por cometer violencia de género agravada, violación sexual y robo con violencia en perjuicio de la víctima.

Sobre el evento, ocurrido el 24 de julio de 2024, en el lugar de trabajo de la víctima, la Fiscalía de Santiago concluyó que se trató de un hecho grave que degeneró en traumas psicológicos para la víctima, quien vio su vida en peligro cuando fue amenazada de muerte con un arma blanca en su cabeza, así como por el ultraje que sufrió al ser invadida en su intimidad por la agresión sexual a su cuerpo.

En los informes de las evaluaciones de ginecología y psicología forense constan las evidencias de la violación sexual abrupta que sufrió la mujer y los síntomas asociados a un cuadro depresivo moderado y un cuadro de ansiedad severos como consecuencia de los hechos.

Además de los elementos periciales, documentales y testimoniales, la Fiscalía de Santiago depositó constancia de la orden de arresto no. 2024-AJ001614 con la cual se aprehendió legalmente al ahora condenado.



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