
Ratifican prisión a exempleado penitenciario acusado de millonaria estafa

A solicitud del Ministerio Público, un tribunal del Distrito Nacional ratificó la prisión preventiva impuesta a un exempleado penitenciario procesado por estafar a varias empresas mediante la simulación de compras institucionales.
El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional confirmó la medida de coerción privativa de libertad impuesta al acusado Antonio Beato Dionicio, exencargado del Departamento de Suministros de Alimentos de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC).
Los fiscales Emmanuel Ramírez y Miguel Collado, representantes del Ministerio Público, presentaron al tribunal, integrado por los jueces Keila Pérez Santana (presidenta), Elías Santini y Arisleyda Méndez Batista, los argumentos por los cuales debe mantenerse la prisión preventiva contra Beato Dionicio, la cual cumple en Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Najayo, San Cristóbal.
El tribunal fijó para el 19 de marzo la continuación del juicio que se sigue contra Beato Dionicio.
El expediente acusatorio establece que el procesado se dedicaba a contactar a representantes de múltiples empresas a los que estafaba simulando que los productos que le despachaban estaban dirigidos al Servicio Penitenciario. Como parte del esquema fraudulento, entregaba documentaciones falsas para respaldar sus requerimientos.
La acusación, depositada por el procurador adjunto Wilson Camacho, director general de Persecución del Ministerio Público, consta de 112 páginas y está sustentada en 60 pruebas documentales, 25 testimoniales, 36 procesales, 5 materiales y 4 periciales, que demuestran la responsabilidad penal del acusado.
En noviembre del año 2025, el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional acogió el pedimento del órgano acusador y dictó auto de apertura a juicio en contra de Beato Dionicio.
Los fiscales explicaron que los hechos atribuidos al exmiembro del sistema penitenciario consisten en falsedad en escritura pública, prevaricación y estafa, que constituyen una violación a los artículos 145, 146, 148, 166, 167 y 405 del Código Penal dominicano.


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