
Condenan a tres hombres por homicidio y por causar heridas de bala a un adolescente en Villa Consuelo

Un tribunal del Distrito Nacional condenó a tres imputados por la muerte a tiros de un hombre e intento de homicidio de un adolescente de 15 años, durante un incidente ocurrido en el sector Villa Consuelo, en enero de 2025.
Rafael Antonio López Jiménez y Yeferson Berroa (Chiquito) fueron condenados 20 años de prisión, mientras que Emmanuel José Taveras Duverge, también identificado como Emmanuel Pérez (Mangú), fue sentenciado a 15 años de reclusión por el homicidio de Jovanny Coste y por las heridas causadas al adolescente.
Las juezas acogieron en todas sus partes la acusación presentada por el Ministerio Público, representado por las fiscales litigantes Yuderky Utate Germosen y Elaine Soto, quienes lograron incorporar pruebas testimoniales, documentales, periciales y audiovisuales que demostraron la responsabilidad penal de los procesados.
De acuerdo con la investigación realizada por el procurador fiscal José Ramón Martínez Cordero, adscrito al Departamento Investigativo de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidio), el hecho ocurrió alrededor de las 9:30 de la noche del 19 de enero de 2025, en la calle Tunti Cáceres, de Villa Consuelo.
La víctima mortal, Jovanny Coste, de 23 años de edad, se encontraba frente a su residencia junto al adolescente de 15 años, cuando los hoy condenados, en compañía de otros implicados, se presentaron a bordo del Jeep Cherokee negro, placa G596775.
En ese momento, varios de los atacantes descendieron del vehículo armados y, sin mediar palabras, realizaron múltiples disparos contra las víctimas, ocasionándole la muerte a Coste y heridas de bala al adolescente. Posteriormente, emprendieron la huida en el mismo vehículo.
El hecho quedó captado por cámaras de vigilancia de la zona, lo que permitió a las autoridades rastrear el vehículo. En la escena fue levantado un casquillo calibre 9 milímetros.
El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, integrado por las juezas Arlin Ventura Jiménez y Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez, declaró a los encartados culpables de violar los artículos 2, 265, 266, 295 y 304, párrafo II del Código Penal Dominicano, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Las condenas deberán ser cumplidas por los procesados en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.



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