
Vargas señaló que el abuso de esta medida ha llevado a que personas inocentes sean encarceladas y que, en muchos casos, el sistema penitenciario solo sirva para agravar la situación de los reclusos.
Recordó el tribunal que juez apoderado de la audiencia preliminar determinó que a la fecha las dilaciones de este proceso no habían sido causadas por el ex procurador Jean Alain Rodríguez, sino por el Estado y el Ministerio Público.
Justicia01 de mayo de 2025El Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, consideró que el arresto del ex procurador Jean Alain Rodríguez era excesivo e innecesario, ordenando luego de 4 años su inmediata puesta en libertad, conforme lo ordena la normativa procesal penal, destacando que dicha privación de libertad constituye una pena anticipada, sin haber sido juzgado.
Asimismo, el inicio del juicio de fondo fue fijado para el día 23 de junio del 2025, recordando que el Tribunal apoderado de la audiencia preliminar determinó que a la fecha las dilaciones de este proceso no habían sido causadas por el ex procurador Jean Alain Rodríguez, sino por el Estado y el Ministerio Público.
Oportuno recordar que a partir del 17 de agosto del 2020, el Ministerio Público inició un proceso de persecución política y venganza violando prácticamente todo el código procesal penal, colocando impedimentos de salida sin orden judicial, arrestando a nuestro representado a pesar de haberse presentado voluntariamente, negando y ocultando pruebas y amenazando testigos, además de presentar una abultada acusación de más de 12,000 páginas en un disco duro defectuoso, repleto de archivos de otros casos, entre otras tantas graves violaciones.
Sobre estas violaciones al debido proceso, el Tribunal Constitucional dictó apenas ayer su sentencia TC/0225/25 de fecha 30 de abril del 2025, a través de la cual le ordenó al Ministerio Público detener la violación al honor, al nombre y a la presunción de inocencia de Jean Alain Rodríguez, por haber estos incurrido en serias violaciones constitucionales en el presente caso al utilizar motes sensacionalistas y despectivos, tal cual hemos señalado desde el primer día que inició esta persecución política.
Asimismo, el Juez de la audiencia preliminar, luego de observar las pruebas, determinó que todo el patrimonio de Jean Alain Rodríguez tenía apariencia legal con procedencia que incluso antecede a la función pública, por lo que durante el juicio de fondo que será desarrollado a partir del 23 de junio del 2025, la acusación
del Ministerio Público tendrá poco sentido, señalaron el Dr. Carlos Balcácer y los licenciados Gustavo Biaggi y Nelys Rivas.
Vargas señaló que el abuso de esta medida ha llevado a que personas inocentes sean encarceladas y que, en muchos casos, el sistema penitenciario solo sirva para agravar la situación de los reclusos.
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