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La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esta jurisdicción fijó el conocimiento de la medida para este miércoles 13 de marzo
Justicia12 de marzo de 2024 ventanaLa Fiscalía de Santiago depositó ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esta jurisdicción, la solicitud para que se dicten medidas de coerción contra los integrantes de la estructura del microtráfico que operaba en el municipio Villa Bisonó (Navarrete), desarticulada la madrugada del pasado sábado, operación interagencial en la que se incautó de drogas, dinero en efectivo, chalecos antibalas, armas y municiones.
El grupo criminal, liderado por Ricardo Diloné Sosa (el Amarillo), y su esposa, Eliana Magdeline Francisco Núñez (Madelin), estaba integrado, además, por miembros de la Policía Nacional y un exmiembro de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), quienes protegían las operaciones delictivas del grupo, sirviendo como informantes para advertirlos de los operativos y las investigaciones que pudieran desarrollarse en su contra, a cambio de recibir dinero y otros favores.
Los miembros de la estructura, quienes cuentan con un amplio historial delictivo, se especializaban en actividades del microtráfico, tráfico ilegal de armas de fuego y municiones, además de que proferían amenazas y sobornaban a autoridades del municipio.
Además de alias el Amarillo, y su esposa, la organización estaba compuesta por Anthony Morel Rodríguez, Antonio Morel Peralta (Ramón), Willi Manuel Rivas (Willi), Arístides de Jesús Castillo Fernández, Starlin Álvarez Álvarez (miembro de la PN), Jerison Morel Arias (miembro de la PN), y Robinson Contreras Sisnero (el Gago) también miembro del cuerpo civil armado.
Los fiscales investigadores del Ministerio Público en Santiago desarrollaron numerosas diligencias de investigación, con vigilancia, interceptaciones telefónicas, interrogatorios y otras acciones, desde hace seis meses, para identificar a los sospechosos, determinar el rol que desempeñaban y constatar el alcance de sus operaciones.
Además del liderazgo que ejercía "el Amarillo", la estructura asignaba funciones como las de vaqueadores, pesadores, y otras, a sus integrantes.
Para interceptar a los criminales, los más de 30 fiscales que trabajaron en la operación, contaron con el soporte de más de 400 miembros de la Dirección Central de Investigaciones Criminales (Dicrim), de la Policía Nacional, y otra decena de oficiales de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).
Contra los cabecillas de la organización, el Amarillo y Madelin, se presentaron cargos provisionales consistentes en violación a los artículos 4, letra D; 5, letra A; 6, letra A; 8, 28, 29, 34, 58, letras A, B y C; artículos 60 y 75, párrafo II, así como el artículo 85, letra J, de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, en la categoría de patrocinadores.
En su contra también se formularon cargos por transgredir los articulados 265 y 266 del Código Penal Dominicano que sancionan la asociación de malhechores; así, además, se enfrentan a imputaciones por violación a la Ley 631-16 de Armas, Municiones y Materiales Relacionados y a la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos.
En cuanto a los imputados Arístides Morel Peralta (Ramón), y los tres miembros del cuerpo del orden, Álvarez, Arias y Sisnero, se presentaron cargos provisionales por violar los artículos 177, 265, y 266 del Código Penal Dominicano, sobre cohecho y asociación de malhechores; también responderán a las imputaciones indilgadas por violación al artículo 71 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, en la categoría de encubridores.
Adicionalmente, alias Ramón enfrenta cargos por violación a los artículos 5 -3, 5-4, 5-5, 30-2, 30-7, 30-8, 30-10, 33-1, y 34, de la Ley 17-19 sobre Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados. También, por transgresión a los artículos 167, 60, 66, 67, 108 y 170 de la Ley 3489 sobre Régimen de las Aduanas.
Sobre Anthony Morel Rodríguez se presentaron cargos provisionales por violación a los artículos 265 y 266 del citado código, que sancionan la asociación de malhechores; así, también, por violar los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre Armas, y la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos.
En cuanto a Willi Manuel Rivas, este se enfrenta a imputaciones de traficante, por violar los artículos 4, 5, 8, 9, 58, 75, y 85 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas; así como también por violación los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre Porte y Tenencia de Armas de Fuego, Municiones y Materiales Relacionados.
El Tribunal de Atención Permanente fijó el conocimiento de la medida para este miércoles 13 de marzo del 2024.
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