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title: "Corte de Arbitraje condena a la CAASD al pago de RD$888.3 millones a favor de AAA Dominicana"
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date_published: "2026-10-04T12:02:00-04:00"
date_modified: "2026-10-04T12:05:21-04:00"
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# Corte de Arbitraje condena a la CAASD al pago de RD$888.3 millones a favor de AAA Dominicana

![Fachada-CAASD](/download/multimedia.normal.82b1d6196bcac817.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

La **Corte de Arbitraje y Resolución Alternativa de Conflictos de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo** condenó a la **Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD)** al pago de aproximadamente **RD$888.3 millones** a favor de la empresa **AAA Dominicana** y la Sociedad Interamericana de Agua y Servicios (INASSA).

De acuerdo con el laudo arbitral, del monto total **RD$352,791,572.45** corresponden a facturas adeudadas, mientras que **RD$134,677,717.74** fueron establecidos como indemnización.

A esas sumas se agregan intereses, costas y otros gastos derivados del proceso arbitral, hasta alcanzar el monto total de la condena indicado en la decisión.

La Corte determinó que la CAASD comprometió su **responsabilidad civil contractual** frente a AAA Dominicana y estableció un interés contractual de **2 % mensual** sobre los RD$352,791,572.45, calculado desde el inicio de la demanda principal, el **18 de febrero de 2022**, hasta que se produzca el pago efectivo.

Según la decisión, al momento de la notificación del acto de alguacil, esa obligación ascendía aproximadamente a **RD$392 millones**, por efecto de los intereses acumulados.

Asimismo, la CAASD deberá pagar un interés de **5.25 % anual** sobre la indemnización de RD$134,677,717.74, contado a partir de la notificación del laudo arbitral hasta su pago.

**También deberá cubrir costas y honorarios**

La decisión dispone además que la corporación estatal pague **RD$4,313,997.53** por concepto de costas a los abogados de AAA Dominicana y de la Sociedad Interamericana de Agua y Servicios (INASSA).

De igual forma, la CAASD deberá pagar al perito coordinador **Manuel Amaury Guzmán López** la suma de **US$14,750**, correspondiente al pago final de sus honorarios, conforme a la propuesta presentada el 2 de noviembre de 2023.

El laudo fue notificado mediante el **acto de alguacil número 19/26**, de fecha **28 de septiembre de 2026**, instrumentado por el ministerial **Antonio Jorge Rached Herrera**, alguacil ordinario de la Suprema Corte de Justicia.

La Corte de Arbitraje estableció que su decisión tiene carácter **definitivo, ejecutorio y confidencial**.

La obligación continuará generando los intereses establecidos en el laudo hasta que la CAASD efectúe el pago correspondiente.

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