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title: "Senado aprueba la primera Ley General de Juegos de Azar de la República Dominicana"
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date_published: "2026-09-16T19:29:00-04:00"
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tags:
  - "senado. aprueba. ley. regulación. juegos, azar."
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# Senado aprueba la primera Ley General de Juegos de Azar de la República Dominicana

![Felix Bautista](/download/multimedia.normal.a8188f9127246365.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

El Senado de la República aprobó de manera definitiva la ley que regula los juegos de azar en la República Dominicana, una iniciativa promovida por los senadores Félix Bautista y Pedro Catrain. La pieza, que fue acogida con las modificaciones previamente introducidas por la Cámara de Diputados, unifica un marco normativo disperso y con más de seis décadas de antigüedad.

La nueva norma sustituye la emblemática Ley núm. 351 de 1964 y crea por primera vez un cuerpo normativo único compuesto por 196 artículos distribuidos en 22 capítulos. Entre sus ejes centrales destaca la creación de la **Dirección General de Juegos de Azar**, un órgano regulador especializado de conducción colegiada e independiente.

Dentro de las disposiciones de mayor impacto, la legislación establece una moratoria de **10 años sin emisión de nuevas licencias** para bancas de lotería o establecimientos de apuestas, medida orientada a depurar y fiscalizar el sector existente, el cual supera las 71,000 bancas registradas en el país.

Asimismo, la ley aborda por primera vez de manera integral las apuestas por internet, exigiendo, licencias obligatorias emitidas por el Consejo de Juegos de Azar y registro bajo dominio geográfico `.do, u`n impuesto del 10% mensual sobre las operaciones de juegos en línea, pagadero a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

La facultad para que el regulador, en coordinación con INDOTEL, ordene el bloqueo de dominios ilegales y la suspensión de transacciones financieras hacia plataformas no autorizadas, verificación obligatoria de la identidad del usuario mediante consulta en tiempo real con la Junta Central Electoral (JCE) antes de habilitar apuestas.

**Protección, distancias y régimen sancionador**

Con la finalidad de promover el juego responsable y proteger a la población vulnerable, la ley prohíbe la instalación de establecimientos de apuestas a menos de **500 metros** de escuelas, universidades, hospitales, iglesias, sedes de los poderes del Estado y centros infantiles.

Adicionalmente, se crea el **Registro Nacional de Autoexclusión** para personas en tratamiento por ludopatía y se dispone que el 10% de las multas recaudadas se destine al Ministerio de Salud Pública (MISPAS) para financiar programas de prevención, tratamiento y una línea de ayuda telefónica gratuita.

El régimen de consecuencias por incumplimiento contempla sanciones que van desde multas de hasta 400 salarios mínimos, el cierre definitivo de locales y la revocación de licencias, hasta penas de prisión de hasta 10 años e inhabilitación administrativa para los gestores y administradores.

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