Ministerio Público recurrirá en casación sentencias que favorecieron a implicados en la Operación Gavilán
El órgano acusador busca revertir la reducción de condenas, el arresto domiciliario y la absolución de uno de los procesados en la red que borraba antecedentes penales de la base de datos de la Procuraduría.

El Ministerio Público recurrirá en casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) la sentencia de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que redujo las condenas impuestas a varios integrantes de la red criminal desmantelada mediante la Operación Gavilán, dedicada a borrar y alterar antecedentes penales de cientos de personas en los registros oficiales.
El órgano acusador informó que impugnará la decisión, al considerar que los jueces realizaron una interpretación inadecuada de la ley al acoger total y parcialmente los recursos de apelación presentados por las defensas de los procesados.
La sentencia fue dictada por los jueces Daneira García Castillo, July Tamariz y Pedro Nolasco, quienes modificaron las condenas de primera instancia impuestas por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
En el juicio de primer grado, los magistrados Keyla Pérez Santana, Elías Santini y Arisleyda Santana condenaron a 10 años de prisión y al pago de multas de 100 salarios mínimos del sector público a Pilar Yrenes Medina Trinidad de Dotel, José Ramón Quezada Carmona y Víctor Gilberto Mercedes Gómez, así como a Luis Peña Cedeño, quien además fue inhabilitado durante cinco años para ocupar funciones públicas.
Sin embargo, la Corte de Apelación modificó las sanciones y dispuso que Luis Peña Cedeño cumpla dos años de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario.
Mientras que Pilar Yrenes Medina Trinidad y José Ramón Quezada Carmona fueron condenados a cinco años de prisión cada uno, de los cuales tres deberán cumplirlos bajo arresto domiciliario y los dos restantes quedaron suspendidos condicionalmente, sujetos al cumplimiento de las reglas establecidas por el tribunal.
Entre las condiciones impuestas a Medina Trinidad y Quezada Carmona figuran residir en los domicilios comunicados a la secretaría del tribunal, notificar cualquier cambio de residencia, abstenerse de viajar al extranjero y no portar ni tener armas.
La Corte advirtió a ambos procesados que, en caso de incumplir las reglas durante el período de suspensión, deberán cumplir íntegramente los dos años de prisión suspendidos.
Medina Trinidad y Quezada Carmona también deberán pagar multas equivalentes a 100 salarios mínimos del sector público, mientras que Peña Cedeño fue sancionado con una multa de RD$40,000.
En cuanto a Víctor Gilberto Mercedes Gómez, el tribunal de alzada acogió su recurso de apelación y dictó sentencia absolutoria, descargándolo de toda responsabilidad penal.
La estructura criminal
La Operación Gavilán permitió desmantelar una estructura que, según las investigaciones del Ministerio Público, utilizaba maniobras informáticas fraudulentas para acceder a las bases de datos de la Procuraduría General de la República y eliminar, modificar o alterar registros de antecedentes penales de ciudadanos que habían tenido conflictos con la justicia.
De acuerdo con la acusación, los integrantes de la red ejecutaban estas operaciones a cambio de beneficios económicos, mediante el cobro de sobornos en efectivo, depósitos y transferencias bancarias.
El órgano acusador sostuvo que las maniobras permitían a personas con antecedentes penales limpiar sus historiales delictivos e incluso eliminar impedimentos de salida, facilitando la obtención de documentos oficiales y pasaportes, así como la evasión de controles migratorios y fronterizos.
El Ministerio Público afirmó que la estructura representaba una amenaza para la seguridad jurídica y el sistema de justicia penal dominicano, debido a que facilitaba que personas sometidas a procesos judiciales o vinculadas a hechos delictivos evadieran los controles de las autoridades.
Otros condenados
En el proceso judicial también fueron homologados acuerdos que dieron lugar a condenas contra otros integrantes de la estructura.
Mártires Rosario Reyes fue condenado a siete años de prisión, distribuidos en tres años y seis meses de arresto domiciliario y otros tres años y seis meses suspendidos, además del pago de una multa de cinco salarios mínimos del sector público.
Alfredo Mirambeaux recibió una condena de ocho años, de los cuales seis deberá cumplirlos bajo arresto domiciliario y dos quedaron suspendidos.
Asimismo, Rubén Darío Morban y Luis Alfredo Astacio Polanco fueron condenados a seis años de prisión, distribuidos en tres años de arresto domiciliario y tres suspendidos, además de multas de cinco salarios mínimos.
Domingo Julio Santana recibió una condena de cinco años, bajo la modalidad de dos años y seis meses de arresto domiciliario y el resto suspendido, conforme a las reglas del artículo 41 del Código Procesal Penal.
En el caso de la empresa Nexcon Technology, el tribunal dispuso su disolución definitiva, en aplicación de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
También fueron acogidos criterios de oportunidad a favor de Jancely Arias López, Ashley Darleni Morbán Reyes y Laudelina Esther Reyes Silva.
Por otro lado, Dilcia Argentina Núñez Santos, Romanqui Alexander Dotel Medina y Yokaira Quezada Carmona recibieron sentencias absolutorias.
El Ministerio Público indicó que durante el juicio presentó testimonios, pruebas materiales, peritajes informáticos y financieros, audiovisuales, documentos oficiales y evidencias digitales que, a su entender, demostraron la existencia de una estructura de criminalidad organizada dedicada al cibercrimen y a la corrupción dentro del sistema de registros de antecedentes penales.

