TSE reserva fallo sobre disputa por dirección municipal del PRM en Sabana Iglesia

El Tribunal Superior Electoral (TSE) reservó el fallo sobre una acción relacionada con la designación de los miembros de la Dirección Municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en el municipio de Sabana Iglesia, provincia Santiago.
La decisión corresponde al expediente núm. TSE-01-0024-2026, en el que figuran como recurrentes Lenny Altagracia Vargas Plasencia y otras 20 personas, quienes reclaman asuntos vinculados con la conformación de la dirección municipal de esa organización política.
El Pleno del TSE acogió la solicitud de exclusión de la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del PRM y concedió a las partes un plazo de 15 días para depositar escritos ampliatorios de conclusiones y cualquier otra documentación que consideren pertinente para sustentar sus argumentos.
Asimismo, el tribunal requirió al PRM depositar una copia de sus estatutos internos, debidamente certificada por la Junta Central Electoral (JCE).
En cuanto a los medios de inadmisión planteados por las partes, los jueces decidieron acumularlos para resolverlos conjuntamente con el fondo del proceso.
En consecuencia, el expediente quedó en estado de fallo reservado, cuya decisión será emitida una vez venza el plazo otorgado para el depósito de los documentos correspondientes.
El Pleno estuvo integrado por la magistrada suplente del presidente, Lourdes Teresa Salazar, y los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán.
Partes en el proceso
Además de Vargas Plasencia, figuran como recurrentes Andrés Mane de la Rosa, Santiago Felipe Rodríguez, Deiby Reyes, Lorenzo Fernández Díaz, Ambiorix Antonio Tineo, Elizabeth Lisaura Tineo Canela, Lorenza Agustina Canela, José Gilberto Gutiérrez, Expedito Mane de la Rosa, Rauel Aneudy Díaz, Freddy Núñez, Baldina Altagracia de la Rosa, Ramón Antonio Rodríguez, Gerónimo Confesor de León, José Miguel Quezada, Yanfer Miguel Quezada, Yolanda Mercedes Rodríguez, Rafiel José Quezada, Pelagio de Jesús y Aureliano Alonzo.
Como partes recurridas figuran el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI).
La decisión definitiva del tribunal deberá establecer el desenlace de la acción una vez concluya el plazo procesal concedido a las partes.

