Condenan a 30 años de prisión a pareja por torturar y matar a niña de siete años en Los Guandules

El tribunal también impuso una indemnización de cinco millones de pesos a favor de la madre de la víctima; las pruebas incluyeron fotografías, videos y peritajes forenses.
22/10/2026 17:55

Jueces Segundo Tribunal Colegiado DN

Una pareja fue condenada a 30 años de prisión por la tortura, los maltratos reiterados y la muerte de una niña de siete años, ocurrida el 16 de agosto de 2025 en el sector Los Guandules, del Distrito Nacional, informó este jueves el Ministerio Público.

El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional declaró culpables a Yokeiry Coronado De La Cruz y su pareja, Jeider Montero Medina, por los hechos cometidos contra la menor, quien se encontraba bajo su cuidado.

Además de las penas de 30 años de reclusión mayor para cada uno, las juezas dispusieron el pago de una indemnización de cinco millones de pesos a favor de la madre de la niña, constituida en parte civil.

Coronado De La Cruz deberá cumplir la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, mientras que Montero Medina lo hará en Najayo Hombres, ambos ubicados en la provincia San Cristóbal.

El tribunal, integrado por las magistradas Yissell Soto, presidenta, Clara Sobeida Castillo y Jarolyn Rosario, fijó para el 12 de noviembre de 2026 la lectura íntegra de la sentencia.

Maltratos reiterados

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, durante los meses de julio y agosto de 2025, Coronado De La Cruz sometió a la niña a maltratos reiterados, mientras que Montero Medina, pese a conocer la situación, no la denunció.

El expediente establece que el 16 de agosto de ese año, alrededor de las 6:30 de la tarde, Coronado De La Cruz solicitó la presencia de dos familiares en su residencia, ubicada en la calle Respaldo Eugenio Perdomo, en Los Guandules, debido a que la niña presentaba convulsiones.

Al llegar al lugar, una de las familiares llamó al Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 para informar que la menor estaba inconsciente.

Posteriormente, una médico forense del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) certificó el fallecimiento y documentó hallazgos relacionados con el maltrato reiterado.

La investigación determinó, además, que la versión ofrecida por Coronado De La Cruz sobre las circunstancias de la muerte no coincidía con los resultados forenses, lo que llevó a las autoridades a profundizar las pesquisas y arrestar a los dos procesados.

Fotografías y videos evidenciaron las lesiones

Durante el juicio, la fiscal litigante Yelianny Polanco, adscrita al Departamento de Litigación Final del Distrito Nacional, presentó pruebas testimoniales, periciales, documentales y materiales que sustentaron la acusación.

La doctora Yudelin Villanueva, médico forense del Inacif, explicó los hallazgos relacionados con la causa y el mecanismo de la muerte, y señaló que el cuadro que presentaba la niña correspondía al síndrome del niño maltratado.

Entre las pruebas también figuraron fotografías y videos recuperados mediante una extracción pericial de un teléfono celular, realizada por el ingeniero Eddy Ogando.

Al valorar esos elementos, la magistrada Yissell Soto calificó las imágenes de “espeluznantes” y mencionó lesiones como quemaduras en las uñas y las palmas de las manos, además de otras heridas que evidenciaban la gravedad de los maltratos.

La jueza explicó que el tribunal examinó el origen de las imágenes, la forma en que fueron obtenidas y su incorporación al proceso para determinar su valor probatorio.

Asimismo, rechazó que la conducta cotidiana o la imagen social de los acusados pudieran sustituir el análisis de las pruebas, al precisar que la responsabilidad penal debía establecerse a partir de los hechos acreditados durante el juicio.

Tribunal establece responsabilidad individual

Al motivar la sentencia, el tribunal atribuyó a Coronado De La Cruz la autoría intelectual de los hechos y a Montero Medina la coautoría, de acuerdo con la información ofrecida por el Ministerio Público.

Los jueces también ordenaron el comiso de las pruebas materiales, que permanecerán bajo custodia del órgano acusador hasta que la sentencia adquiera firmeza.

La pareja fue declarada culpable de violar los artículos 295, 304 y 303, incluidos sus numerales 1 y 4, del Código Penal dominicano, así como el artículo 396, literales A y B, de la Ley 136-03, que establece el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

La investigación estuvo a cargo de la procuradora fiscal Topacio Suero Sierra, adscrita al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona del Distrito Nacional.

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