Corte de Arbitraje condena a la CAASD al pago de RD$888.3 millones a favor de AAA Dominicana

La decisión dispone además que la corporación estatal pague RD$4,313,997.53 por concepto de costas a los abogados de AAA Dominicana y de la Sociedad Interamericana de Agua y Servicios (INASSA).
04/10/2026 12:02

Fachada-CAASD

La Corte de Arbitraje y Resolución Alternativa de Conflictos de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo condenó a la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) al pago de aproximadamente RD$888.3 millones a favor de la empresa AAA Dominicana y la Sociedad Interamericana de Agua y Servicios (INASSA).

De acuerdo con el laudo arbitral, del monto total RD$352,791,572.45 corresponden a facturas adeudadas, mientras que RD$134,677,717.74 fueron establecidos como indemnización.

A esas sumas se agregan intereses, costas y otros gastos derivados del proceso arbitral, hasta alcanzar el monto total de la condena indicado en la decisión.

La Corte determinó que la CAASD comprometió su responsabilidad civil contractual frente a AAA Dominicana y estableció un interés contractual de 2 % mensual sobre los RD$352,791,572.45, calculado desde el inicio de la demanda principal, el 18 de febrero de 2022, hasta que se produzca el pago efectivo.

Según la decisión, al momento de la notificación del acto de alguacil, esa obligación ascendía aproximadamente a RD$392 millones, por efecto de los intereses acumulados.

Asimismo, la CAASD deberá pagar un interés de 5.25 % anual sobre la indemnización de RD$134,677,717.74, contado a partir de la notificación del laudo arbitral hasta su pago.

También deberá cubrir costas y honorarios

La decisión dispone además que la corporación estatal pague RD$4,313,997.53 por concepto de costas a los abogados de AAA Dominicana y de la Sociedad Interamericana de Agua y Servicios (INASSA).

De igual forma, la CAASD deberá pagar al perito coordinador Manuel Amaury Guzmán López la suma de US$14,750, correspondiente al pago final de sus honorarios, conforme a la propuesta presentada el 2 de noviembre de 2023.

El laudo fue notificado mediante el acto de alguacil número 19/26, de fecha 28 de septiembre de 2026, instrumentado por el ministerial Antonio Jorge Rached Herrera, alguacil ordinario de la Suprema Corte de Justicia.

La Corte de Arbitraje estableció que su decisión tiene carácter definitivo, ejecutorio y confidencial.

La obligación continuará generando los intereses establecidos en el laudo hasta que la CAASD efectúe el pago correspondiente.

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