Senado aprueba proyecto de ley para prohibir importación de mercancías producidas con trabajo forzoso

La ley permitirá que el gobierno dominicano pueda solicitar a su homólogo Norteamericano la reducción del 2.5% de arancel a la mercancía dominicana que ingresen al mercado de Estados Unidos.
22/09/2026 17:18

Felix Bautista
El Senado de la República aprobó a unanimidad, en una sesión celebrada en el municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel, el proyecto de ley que establece medidas para prevenir y prohibir la importación al país de mercancías producidas mediante trabajo forzoso.

La iniciativa, de la autoría del senador Félix Bautista, fue suscrita por otros legisladores y tiene como propósito establecer un régimen de prevención, identificación, verificación y prohibición del ingreso al territorio dominicano de productos, bienes y mercancías fabricados, extraídos, procesados o elaborados total o parcialmente mediante trabajo forzoso.

“Con la aprobación de esta ley por parte del Senado de la República, estamos legislando en beneficio de los trabajadores dominicanos y del sector exportador generador de la mayoría de los empleos productivos del país”, expresó Bautista.

El proyecto establece además mecanismos de debida diligencia en las cadenas de suministro, intercambio de información y coordinación entre las instituciones públicas responsables de impedir el ingreso de mercancías vinculadas al trabajo forzoso.

La propuesta contempla la participación del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Trabajo y la Dirección General de Aduanas (DGA), entidades que deberán coordinar un protocolo para su aplicación.

La medida se suma al mecanismo administrativo establecido previamente por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 502-26, emitido el 23 de julio de 2026, que faculta a la Dirección General de Aduanas a prohibir la importación de mercancías cuando se determine que fueron producidas mediante trabajo forzoso.
Impacto en las exportaciones

Bautista sostuvo que la aprobación de la legislación también tiene implicaciones para el sector exportador dominicano, debido a las condiciones establecidas por Estados Unidos para el comercio con países que cuentan con mecanismos para prevenir el ingreso de productos elaborados mediante trabajo forzoso.

De acuerdo con las estimaciones presentadas por el senador, la diferencia arancelaria de 2.5 puntos porcentuales representa para los exportadores dominicanos un costo aproximado de US$180 millones anuales, equivalentes a unos RD$10,800 millones.

Según explicó, ese costo reduce la capacidad de competencia de los productos dominicanos en el mercado estadounidense frente a mercancías procedentes de países que están sujetos a una tasa menor.
Bautista afirmó que la aprobación de la ley permitirá al Gobierno dominicano contar con un instrumento adicional para gestionar ante las autoridades estadounidenses una eventual reducción del arancel aplicado a las mercancías dominicanas.

El Decreto 502-26 fue emitido precisamente en el contexto de las nuevas condiciones comerciales establecidas por Estados Unidos y creó un procedimiento administrativo para identificar, investigar y restringir mercancías producidas mediante trabajo forzoso.

Qué establece la iniciativa

El proyecto define el trabajo forzoso como aquel que se exige a una persona bajo amenaza de una pena, sanción o perjuicio y sin que exista un consentimiento voluntario.

Para determinar la existencia de este tipo de explotación laboral, la iniciativa contempla indicadores como abuso de vulnerabilidad, engaño, restricción de movimiento, aislamiento, violencia física o sexual, intimidación o amenazas, retención de documentos o salarios, servidumbre por deudas, condiciones laborales abusivas y exceso de horas extraordinarias.

La legislación también establece procedimientos para la identificación y verificación de mercancías sospechosas, así como mecanismos de intercambio de información entre las instituciones involucradas.
La propuesta toma como fundamento la Constitución de la República, la legislación nacional, jurisprudencia del Tribunal Constitucional y los Convenios 29 y 105 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre trabajo forzoso.

También toma en consideración la normativa vinculada al Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (DR-CAFTA).
Coordinación institucional

De aprobarse definitivamente y entrar en vigencia, las instituciones responsables deberán establecer los mecanismos de aplicación y coordinación para garantizar el cumplimiento de las disposiciones.

La Dirección General de Aduanas tendrá un papel central en la prevención y control de las mercancías que ingresen al territorio nacional, mientras que el Ministerio de Trabajo participará en la evaluación técnica de los posibles casos de trabajo forzoso.

El decreto vigente ya contempla un procedimiento mediante el cual la DGA puede iniciar investigaciones de oficio o a partir de denuncias, requerir información a importadores y solicitar al Ministerio de Trabajo evaluaciones técnicas sobre la posible utilización de trabajo forzoso en las cadenas de producción.
Además de Félix Bautista, la propuesta fue suscrita por Eduard Espiritusanto, Omar Fernández, Andrés Lama, Cristóbal Castillo Liriano, Rafael Barón Duluc, Manuel Rodríguez, Ramón Rogelio Genao, Alexis Victoria Yeb y Melcíades Aneudy Ortiz, representantes de distintas provincias y del Distrito Nacional.

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