TSE suspende provisionalmente convención del Partido Humanista Dominicano pautada para este domingo

La decisión también alcanza todos los actos relacionados con la ejecución y materialización de la asamblea, hasta tanto el tribunal decida el recurso de impugnación contenido en el expediente TSE-01-0032-2026.
18/09/2026 22:04

TSE

El Tribunal Superior Electoral (TSE) suspendió provisionalmente la celebración de la VII Convención Ordinaria del Partido Humanista Dominicano (PHD), convocada para este domingo 20 de septiembre de 2026, en la que serían escogidas las nuevas autoridades internas de esa organización política.

La decisión también alcanza todos los actos relacionados con la ejecución y materialización de la asamblea, hasta tanto el tribunal decida el recurso de impugnación contenido en el expediente TSE-01-0032-2026.

Los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán adoptaron la medida cautelar al considerar que en el caso concurren los presupuestos establecidos en el artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

De acuerdo con la decisión, los demandantes acreditaron la verosimilitud del derecho invocado y la existencia de un perjuicio o daño inminente de difícil o imposible reparación que podría impedir o dificultar la efectividad de la tutela que eventualmente sea otorgada mediante la sentencia definitiva.

El tribunal también estableció que existe identidad entre el objeto de la medida cautelar solicitada y la acción de fondo que deberá ser decidida.

En consecuencia, el TSE dispuso la suspensión provisional de la convención hasta que sea decidido el recurso de impugnación que dio origen al expediente.

Rechaza nulidad e inadmisión

El TSE rechazó además la excepción de nulidad planteada por la parte demandada, sustentada en una alegada irregularidad relacionada con el domicilio de las partes y el supuesto incumplimiento del artículo 27 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

Los jueces consideraron que no fue demostrada la existencia de un agravio o perjuicio concreto derivado de esas alegadas irregularidades.

Asimismo, rechazaron el medio de inadmisión basado en la supuesta falta de calidad de los demandantes para accionar contra el PHD.

El tribunal indicó que los accionantes figuran en el padrón de electores del Partido Humanista Dominicano, conforme a una comunicación de fecha 21 de julio de 2026 emitida por la Dirección de Partidos Políticos de la Junta Central Electoral (JCE).

También tomó en cuenta que los demandantes forman parte del recurso de impugnación relacionado con el fondo de la controversia.

De igual manera, el TSE rechazó la solicitud de exclusión de 38 poderes de representación o formularios presentada por la parte demandada, al considerar que la representación de los demandantes se presume.

Medida cautelar

La solicitud de medida cautelar fue presentada por Loida Guzmán Santiago, Ana Lucía Santiago Collado, Alexandra Roque Tejada, Samuel Brito Guzmán, Randy Jhonnsos, Estefany Díaz Cerda, Rebeca Guzmán Santiago, Magdalena Guzmán Santiago y Ruth Esther Guzmán, contra el Partido Humanista Dominicano.

Además de suspender provisionalmente la convención, el TSE rechazó la solicitud de imposición de una astreinte contra el PHD, Ramón Emilio Goris Taveras y la Comisión Electoral de la VII Convención Nacional Ordinaria del partido.

La decisión tiene carácter provisional y permanecerá vigente hasta que el tribunal conozca y decida el recurso de impugnación que cuestiona los aspectos de fondo relacionados con la celebración de la convención.

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